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Detalles del procedimiento: Subvenciones por celebración de Becerradas

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Plazos de presentación:

  • El plazo de presentación de la solicitud es desde el 11/07/2024 00:00:00 al 25/07/2024 23:59:59 Fuera de plazo

Detalles


PLAZO CERRADO


CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA QUE COLABOREN EN LA ORGANIZACIÓN DE BECERRADAS Y NOVILLADAS CON LA PARTICIPACIÓN DE ALUMNOS DE LA ESCUELA DE TAUROMAQUIA | 2024

Ficha del procedimiento - Código SIA: 783524

BOP de Salamanca de 10 de julio de 2024 | Convocatoria BDNS: 772878 | Plazo: Hasta el día 25 de julio de 2024

OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria la subvención a los ayuntamientos de la provincia de Salamanca que colaboren en la organización de becerradas y novilladas con la participación de alumnos/as de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación Provincial de Salamanca.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Podrán participar en la presente convocatoria todos los Ayuntamientos de la provincia (menores de 20.000 habitantes) interesados en la realización de becerradas y novilladas con participación de alumnos/as de la Escuela de Tauromaquia.

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR?

  1. Ayuntamiento con menos de 20.000 habitantes.
  2. Aportación de la plaza de toros a cargo del municipio para el desarrollo de la novillada, teniendo estas un diámetro mínimo de 20 metros.
  3. El Ayuntamiento deberá ser la propia empresa organizadora de la novillada.
  4. Las reses se lidiaran con las defensas reglamentariamente mermadas según lo establecido en el artículo 38.4 del Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León.
  5. Que las reses a lidiar no superen los 220 kilos/canal y se adapten a las características adecuadas para la participación de los alumnos/as de la Escuela, siendo imprescindible contar con la autorización del Director de la misma.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?

  1. Certificado expedido por el Secretario/a de la Corporación del compromiso del órgano competente de aportar la cantidad económica que corresponda a la entidad local para el abono del sueldo y la Seguridad Social de las cuadrillas y los/as alumnos/as que intervengan en los festejos.
  2. Anexo II. Memoria descriptiva.
  3. Anexo III. Certificado de consignación presupuestaria.

¿PARA QUÉ ES LA SUBVENCIÓN?

Para el fomento de la organización de novilladas y becerradas de carácter popular en los municipios de la provincia de Salamanca.

FINANCIACIÓN

Las becerradas y novilladas objeto de financiación se harán con cargo a la aplicación presupuestaria 70-3260-A-4621200 "Subvención Ayuntamientos novilladas" del Presupuesto General vigente para 2024, por un importe mínimo de 190.000,00 €, cuantía que se destina a esta actividad y que constituye el límite a aportar por la Diputación.

CUANTÍA

La Diputación de Salamanca subvencionará a los ayuntamientos de la provincia con un importe máximo de mil doscientos cincuenta euros (1.250,00 €), IVA INCLUIDO, por cada uno de los novillos a lidiar.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 25 de julio de 2024, inclusive.)

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

** ATENCIÓN **
Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
**

  • Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.

INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO

Negociado de Tauromaquia, del Área de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

30 de diciembre del año en curso.

NOTIFICACIONES

Se realizarán por el siguiente medio:
  • Notificación electrónica por comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca, tal como está regulado en la Ordenanza de la Administración Electrónica (BOP Nº48 de 10 de marzo de 2017).

EFECTOS DEL SILENCIO

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud de concesión de subvención por silencio administrativo.

RECURSOS

  • Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
  • Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)

INFORMACIÓN ADICIONAL

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
  • Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
  • Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
  • Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
  • Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
  • Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
  • Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.

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