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Procedure details: Limp.de cauces en tramos urbanos. Plan Cauces 2024

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Plazos de presentación:

  • El plazo de presentación de la solicitud es desde el 14/05/2024 00:00:00 al 10/06/2024 23:59:59 Fuera de plazo

Details


PLAZO CERRADO


CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA PARA LIMPIEZA DE TRAMOS URBANOS DE CAUCES | ANUALIDAD 2024
* PLAN CAUCES *

Ficha del procedimiento - Código SIA: 1161182

BOP de Salamanca de 13 de mayo de 2024 | Convocatoria BDNS: 757145 | Plazo: Hasta el día 10 de junio de 2024

OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria regular las subvenciones públicas, otorgadas en régimen de concurrencia competitiva para la limpieza de tramos urbanos de cauces.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Podrán ser beneficiarios de la presente Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, los municipios de la provincia de Salamanca de menos de 20.000 habitantes.

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR?

Podrá acceder a esta convocatoria cualquier MUNICIPIO de la provincia de Salamanca que cumpla los siguientes requisitos:
  1. Qué a fecha 1 de enero de 2024, cuenten con una población inferior a 20.000 habitantes.
  2. Que NO HAYAN RESULTADO BENEFICIARIOS de esta subvención en la convocatoria anterior.
    Este criterio no aplicará cuando, una vez distribuida la cuantía económica del Plan entre las solicitudes admitidas, exista aún crédito disponible que podrá servir para financiar las solicitudes incluidas en el presente supuesto, una vez que hayan sido baremadas de acuerdo a los criterios de valoración que se definen en la BASE OCTAVA y hasta que se agote el crédito disponible.
  3. Que la solicitud cumpla con los requisitos establecidos en la BASE SEXTA Y DÉCIMA.
  4. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente.
  5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con esta Diputación Provincial y no ser deudores de la misma por cualquier otro concepto no tributario.
  6. Hallarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
  7. No estar incurso en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 21 de la Ordenanza de subvenciones en relación con el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?

  1. INSTANCIA DE SOLICITUD firmada por el Alcalde-Presidente como representante legal del municipio. La solicitud se genera a partir del formulario de presentación previsto en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca para esta convocatoria.
  2. ANEXO I Declaración de datos complementarios de la solicitud.
  3. ANEXO II Declaración responsable.
  4. ANEXO III Certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento acreditativo del acuerdo o resolución de solicitud de subvención, del cumplimiento de los deberes y obligaciones regulados en las presentes BASES y del compromiso de contribuir con la participación municipal que se desprende de las mismas. Este certificado debe incluir también la acreditación del carácter urbano del cauce para el que se solicita la subvención.
  5. ANEXO IV Certificado de consignación presupuestaria.
  6. PLANO IDENTIFICATIVO firmado por Técnico competente donde se localice y delimite con precisión el perímetro del cauce para el que se solicita la actuación de limpieza y desbroce, en el que se reflejará la superficie solicitada en m2.
  7. PLANO DEL INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO del municipio que defina el carácter urbano del tramo de cauce que se solicita.

¿PARA QUÉ ES LA SUBVENCIÓN?

Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos relacionados con la finalidad de la subvención consistentes en la realización de actuaciones a desarrollar en el propio cauce y en zonas inmediatamente próximas al mismos consistentes en desbroce de maleza, retirada de residuos urbanos y escombros que se encuentren presentes en el cauce, retirada de arbolado muerto y/o caído y poda selectiva de únicamente aquellos árboles que mermen la capacidad de desagüe del cauce.

Las actuaciones de limpieza de cauces de ríos y arroyos solo podrán solicitarse en aquellos tramos de cauce que se encuentren delimitados como suelo urbano en el Planeamiento Urbanístico en vigor en el municipio, en al menos una de las márgenes de todo el tramo solicitado.

Las actuaciones deberán responder de manera directa e indubitada a la ejecución de las actuaciones subvencionadas y solamente en relación con las mismas.

CUANTÍA

  1. Actuaciones de desbroce y limpieza de superficies iguales o superiores a 2.500 m2:
    El presupuesto base de licitación máximo para la ejecución de cada una de las actuaciones objeto de la convocatoria no superará el límite de 4.000 euros por actuación, IVA incluido.
  2. Actuaciones de desbroce y limpieza de superficies inferiores a 2.500 m2:
    Para estas actuaciones se establece un precio unitario de 1,60 €/m2, IVA incluido.
    Cuando la actuación a realizar exceda el coste previsto, el municipio podrá financiar íntegramente el exceso de obra que se cuantifique.
    No podrá otorgarse más de una subvención por término municipal.

  3. Aportación mínima municipal:
    POBLACIÓN APORTACIÓN MUNICIPAL
    0 a 500 habitantes 10%
    501 a 1.000 habitantes 15%
    1.001 a 5.000 habitantes 20%
    5.001 a 20.000 habitantes 30%
    Cuantía dotada para la subvención: 240.000,00 €

    PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

    Se dispondrá de un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 10 de junio de 2024, inclusive.)

    LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

    ** ATENCIÓN **
    Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
    **

    • Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.

    INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO

    Unidad de Gestión de Servicios Urbanos del Área de Fomento de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

    ÓRGANO QUE RESUELVE

    Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

    PLAZO DE RESOLUCIÓN

    El plazo máximo no podrá exceder de SEIS MESES a partir de la conclusión del plazo previsto para la presentación de solicitudes.

    NOTIFICACIONES

    Se realizarán por el siguiente medio:
    • Notificación electrónica por comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca, tal como está regulado en la Ordenanza de la Administración Electrónica (BOP Nº48 de 10 de marzo de 2017).
    • De conformidad con el artículo 45.1 b) de la LPAC la resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el BOP de Salamanca surtiendo esta los efectos de la notificación.

    EFECTOS DEL SILENCIO

    El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud de concesión de subvención por silencio administrativo.

    RECURSOS

    • Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
    • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.

    NORMATIVA APLICABLE

    • Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
    • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
    • Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
    • Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
    • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
    • Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)

    INFORMACIÓN ADICIONAL

    POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

    Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
    • Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
    • Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
    • Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
    • Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
    • Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
    • Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
    • Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
    Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.

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