Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos relacionados con la finalidad de la subvención consistentes en la realización de actuaciones a desarrollar en el propio cauce y en zonas inmediatamente próximas al mismos consistentes en desbroce de maleza, retirada de residuos urbanos y escombros que se encuentren presentes en el cauce, retirada de arbolado muerto y/o caído y poda selectiva de únicamente aquellos árboles que mermen la capacidad de desagüe del cauce.
Las actuaciones de limpieza de cauces de ríos y arroyos solo podrán solicitarse en aquellos tramos de cauce que se encuentren delimitados como suelo urbano en el Planeamiento Urbanístico en vigor en el municipio, en al menos una de las márgenes de todo el tramo solicitado.
Las actuaciones deberán responder de manera directa e indubitada a la ejecución de las actuaciones subvencionadas y solamente en relación con las mismas.
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