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Detalles del procedimiento: Subv. Escuelas Deportivas a Ayuntamientos 2024-25

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Plazos de presentación:

  • El plazo de presentación de la solicitud es desde el 09/10/2024 00:00:00 al 29/10/2024 23:59:59 Fuera de plazo

Detalles


PLAZO CERRADO


SUBVENCIÓN DE ESCUELAS DEPORTIVAS, A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA Y SUS CENTROS DE ENSEÑANZA | 2024-2025
* Escuelas Deportivas 24-25 *

Ficha del procedimiento - Código SIA: 783513

BOP de Salamanca de 8 de octubre de 2024 | Convocatoria BDNS: 788626 | Plazo: Hasta el día 29 de octubre de 2024

OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria de subvención contribuir con el gasto derivado de la contratación de monitores de Escuelas Deportivas a Ayuntamientos de la provincia y sus Centros de Enseñanza, correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de septiembre de 2024 y el 23 de junio de 2025.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca.

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR?

  • El Ayuntamiento debe aportar las instalaciones para la realización de las actividades.
  • Remitir listados de monitores y participantes en el plazo y forma previstos en la convocatoria.
  • Las entidades participantes serán responsables de que los monitores cumplan con los requisitos establecidos en el art.13.5 de la LO 1/1996, modificado por el art. 1 aptdo. ocho de la Ley 26/2015.
  • Los escolares que participen deberán haber nacido entre los años 2005 y 2021, y estarán empadronados, o matriculados en un centro escolar, de un municipio de la provincia de menos de 20.000 habitantes.
  • El Ayuntamiento deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y Diputación Provincial de Salamanca, y cumplir con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Art. 22 y 24 del R. D. 887/2006 de 21 de julio del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como, de que el ayuntamiento no está incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en el apartado 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, declarando asimismo, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones (art. 25 RLGS)

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?

Los ayuntamientos interesados deberán acompañar la solicitud con:

  1. Anexo 1: Modelo de datos complementarios a la solicitud de subvención.
  2. Anexo 2: Un modelo por cada Escuela Deportiva. Se adjuntará un único modelo para la escuela del ayuntamiento (incluyendo todas las modalidades deportivas en el mismo documento) y otro más por cada centro de enseñanza que solicite la subvención.
  3. Anexo 3: Relación nominal de monitores, indicando el DNI. Relación de participantes: nombre, apellidos y fecha de nacimiento. Los ayuntamientos estarán obligados a remitir la relación nominal de participantes, antes de las 14:00 horas del lunes, 30 de octubre de 2024, a la dirección de correo electrónico juegosescolares@lasalina.es, solicitándose por parte del ayuntamiento confirmación de recepción del mismo. Las modificaciones por altas o bajas en estos listados deberán remitirse, por este mismo medio, tres días hábiles antes de la participación efectiva del escolar en la actividad. El no cumplimiento de esta obligación, supondrá la pérdida automática del derecho a la subvención solicitada. La veracidad de estos datos será de responsabilidad exclusiva del ayuntamiento solicitante.
  4. Anexo 4: Breve memoria explicativa: objetivos, contenidos, metodología y evaluación.

¿PARA QUÉ ES LA SUBVENCIÓN?

Para ayudar con el gasto derivado de contratación de monitores de Escuelas Deportivas a los Ayuntamientos de la provincia de Salamanca y sus centros de enseñanza.

FINANCIACIÓN

Las escuelas objeto de financiación se harán con cargo a la aplicación presupuestaria 72-3410-B-4620000 "Subvención a Ayuntamientos", del Presupuesto General para el año 2025, por un importe de 107.000 €, cuantía máxima que se destina a esta actividad y que constituye el límite a aportar por la Diputación Provincial de Salamanca, quedando sometida la disponibilidad a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuada y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de esta convocatoria.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Se dispondrá de un plazo de presentación de solicitudes de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 29 de octubre de 2024, inclusive.)

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

** ATENCIÓN **
Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
**

  • Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.

INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO

Sección de Deportes y Educación, del Área de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

El plazo máximo de resolución no podrá exceder del 31 de diciembre del año en curso 2024.

NOTIFICACIONES

Se realizarán por alguno de los siguientes medios:

  • Notificación electrónica por comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca, tal como está regulado en la Ordenanza de la Administración Electrónica (BOP Nº48 de 10 de marzo de 2017).

EFECTOS DEL SILENCIO

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

RECURSOS

  • Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
  • Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)

INFORMACIÓN ADICIONAL

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
  • Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
  • Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
  • Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
  • Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
  • Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
  • Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.

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