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Detalles del procedimiento: Subv. mancomunidades S.T. urbanísticos 2025

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Plazos de presentación:

  • El plazo de presentación de la solicitud es desde el 28/03/2025 00:00:00 al 07/04/2025 23:59:59 Fuera de plazo

Detalles


PLAZO CERRADO


CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS DE CARÁCTER URBANÍSTICO A MANCOMUNIDADES DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA | EJERCICIO 2025
* Convocatoria subvenciones Servicios Técnicos Urbanísticos Mancomunidades 2025 *

Ficha del procedimiento - Código SIA: 783512

BOP de Salamanca de 27 de marzo de 2025 | Convocatoria BDNS: 821654 | Plazo: Hasta el día 7 de abril de 2025

OBJETO:

Es objeto de esta convocatoria colaborar con las Mancomunidades de Municipios de la provincia de Salamanca en la prestación de Servicios Técnicos de carácter urbanístico.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Podrán acceder a esta subvención Mancomunidades de Municipios de la provincia de Salamanca, que tengan entre sus fines asumidos, la competencia urbanística, mediante la prestación de servicios técnicos de carácter urbanístico.

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR?

Mancomunidades de Municipios de la provincia de Salamanca constituidas antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes y que cumplan las siguientes condiciones:

  1. Que entre los fines de la Mancomunidad y sus competencias tengan asumida la asistencia urbanística.
  2. Que en el presupuesto de la Mancomunidad exista o pueda habilitarse crédito con cargo a la partida correspondiente, para hacer frente al personal que presta los Servicios Técnicos para la prestación de los servicios objeto de esta Convocatoria.
  3. Que se comprometan a la prestación de los servicios técnicos de carácter urbanístico a través de los servicios técnicos de la Mancomunidad, referidos a la totalidad de la asistencia y asesoramiento urbanístico relativo a todos los Municipios que componen la Mancomunidad, al menos, durante el periodo de la Subvención.
  4. Encontrarse la Entidad Local al corriente de sus obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social. Art. 24.6 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones y de las obligaciones devengadas con respecto de la Diputación, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.

No incurrir en el solicitante las circunstancias establecidas en el Art. 13.2 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?

Solicitud de subvención:

  1. Modelo Anexo I - Documento de declaración responsable conforme al modelo normalizado
  2. Certificado de la Resolución o Acuerdo de solicitud.
  3. Memoria justificativa debidamente aprobada por la Presidencia de la Mancomunidad de sus necesidades y de los objetivos a alcanzar en materia de asistencia urbanística para este período.
  4. Certificado de la Entidad Bancaria acreditativo de la entidad de la cuenta en la que se solicita el ingreso de la ayuda, si hubiese modificación respecto de los que figuran en la Base de datos de la Diputación.

Documentación justificativa (hasta el 15 de noviembre de 2025, inclusive.)

  1. Modelo Anexo II - Declaración responsable del Presidente de la Mancomunidad, de encontrarse la Mancomunidad al corriente de pagos de sus obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social
  2. Certificado de la Secretaría de la Mancomunidad de los siguientes extremos:
    • Que el importe de la Subvención correspondiente a los dos primeros criterios (ya ingresado) se destina íntegramente al abono de los servicios técnicos prestados objeto de esta Subvención.
    • Número total de los informes urbanísticos, y otras actuaciones urbanísticas efectuadas de las correspondientes a cada uno de los asuntos incluidos en la Base Tercera, llevados a cabo por los servicios técnicos de la Mancomunidad desde el 31/10/2024 hasta el 01/11/2025. Se adjuntará listado de todos y cada uno de los informes urbanísticos realizados incluyendo la fecha y el asunto informado.
    • Modelo Anexo III De la cuantía a que asciende el importe de las retribuciones correspondientes a los Servicios Técnicos prestados, desde el 31/10/2024 al 01/11/2025.)
  3. Modelo Anexo IV Declaración responsable del Presidente de la Mancomunidad, indicando expresamente que el importe de la Subvención correspondiente al tercer criterio de la subvención, una vez ingresado, se compromete la Entidad a destinarlo íntegramente al abono de los servicios técnicos prestados objeto de esta Subvención.

¿PARA QUÉ ES LA CONVOCATORIA?

Para fomentar actividades urbanísticas a las Mancomunidades de Municipios de la provincia de Salamanca, que tengan entre sus fines asumidos, la competencia urbanística, mediante la prestación de servicios técnicos de carácter urbanístico.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Se dispondrá de un plazo de solicitudes de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 7 de abril de 2025, inclusive.)

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

** ATENCIÓN **
Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
**

  • Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.

INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO

Sección de Atención Jurídica a Municipios del Área de Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Acuerdo de la Junta de Gobierno.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

El plazo máximo no podrá exceder de seis meses a contar desde de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

NOTIFICACIONES

Se realizarán por alguno de los siguientes medios:

EFECTOS DEL SILENCIO

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a las personas interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

RECURSOS

  • Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
  • Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)

INFORMACIÓN ADICIONAL

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
  • Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
  • Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
  • Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
  • Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
  • Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
  • Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.

Calle Felipe Espino 1. C.P.:37002 Salamanca | Telf 923 29 31 00 | www.lasalina.es | Requisitos Técnicos

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