Iniciar trámite
- El plazo de presentación de la solicitud es desde el 25/03/2025 00:00:00
al 15/05/2025 23:59:59
En plazo
Detalles
*Para el trámite electrónico es obligatorio el uso de Certificado Digital o DNIe* (Pulse aquí para más información)
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRECTAS PREVISTAS NOMINATIVAMENTE EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA DEL EJERCICIO 2025, CORRESPONDIENTES AL PLAN DE APOYO MUNICIPAL 2025
* PLAN DE APOYO MUNICIPAL 2025 *
Ficha del procedimiento - Código SIA: 880132
OBJETO:
Es objeto de la presente convocatoria regular la concesión directa de las siguientes subvenciones:
- Una subvención directa a todos los Ayuntamientos de la provincia de Salamanca -excluida su capital- para atender los gastos que deriven en el año 2025:
- de la contratación de trabajadores temporales desempleados con una duración mínima de sesenta y un días
- de los contratos de formación que será por la duración mínima establecida legalmente
- del contrato por tiempo indefinido fijo discontinuo a que se refiere el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores con una duración mínima de sesenta y un días.
- Una subvención directa a todos los Ayuntamientos de la provincia de Salamanca, excluida
la capital, para atender los gastos que deriven de la ejecución de obras, servicios y
suministros de competencia municipal.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Serán beneficiarios todos los Ayuntamientos de la provincia de Salamanca, excluida la capital de la provincia.
¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR?
Además de los que requieran las bases reguladoras de dichas subvenciones:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, tanto con carácter previo al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención.
- No ser deudor con la Diputación Provincial de Salamanca.
- No concurrir en el beneficiario las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.
¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?
SOLICITUD (Plazo de presentación hasta el día 15 de mayo de 2025, inclusive)
- Anexo I: Certificado de solicitud de la subvención.
- Anexo II: Declaración responsable
- Anexo III: Documento descriptivo
MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE PLAZO
- Anexo IX: Solicitud de modificación de la resolución de concesión.
- Anexo X: Solicitud de ampliación del plazo para la ejecución.
- Anexo XI: Solicitud de ampliación del plazo para la justificación.
- Anexo XII: Certificación de Renuncia a la Subvención.
JUSTIFICACIÓN (Plazo de presentación desde el día 1 de enero hasta el día 28 de febrero de 2026, inclusive)
- Anexo IV: Certificación relativa a la contratación de trabajadores desempleados.
- Anexo V: Certificación de ingresos compatibles.
- Anexo VI: Nueva distribución del importe total de la subvención.
- Anexo VII: Certificado relativo a los gastos de obras, servicios y suministros.
- Anexo VII-Bis: Certificado de remantentes no aplicados.
- Anexo VIII: Memoria descriptiva y justificativa.
- Dos fotografías: mínimo por obra realizada o adquisición.
- Fotografía del cartel anunciador o publicidad realizada.
¿PARA QUÉ ES LA SUBVENCIÓN?
- Para atender los gastos que deriven en el año 2025:
- de la contratación de trabajadores temporales desempleados con una duración mínima de sesenta y un días
- de los contratos de formación que será por la duración mínima establecida legalmente
- del contrato por tiempo indefinido fijo discontinuo a que se refiere el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores con una duración mínima de sesenta y un días.
- Una subvención directa a todos los Ayuntamientos de la provincia de Salamanca, excluida
la capital, para atender los gastos que deriven de la ejecución de obras, servicios y
suministros de competencia municipal.
CUANTÍA
La financiación de estas ayudas se realizará con fondos propios con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 2025-10-9120A-462.59.00 y 2025-10-9120A-762.28.00 siendo el
crédito disponible de cada una de las aplicaciones de seis millones doscientos ochenta y seis
mil quinientos euros (6.286.500,00 €). El porcentaje de financiación puede alcanzar el cien por
cien del gasto.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El que aparece determinado expresamente en las bases reguladoras de dichas subvenciones. (Hasta el día 15 de mayo de 2025, inclusive.)
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
** ATENCIÓN **
Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
**
- Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a su expediente abierto de la Sede Electrónica, accesible en el menú "Carpeta Ciudadana > Mi carpeta".
Las solicitudes realizadas por vía distinta a la indicada se tendrán por no presentadas,
en virtud de los artículos 14.2 y 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO
Dirección del Área de Economía y Hacienda de la Excma. Diputación de Salamanca.
ÓRGANO QUE RESUELVE
La Presidencia de la Diputación o la Comisión de Gobierno por delegación de la Presidencia de la Diputación, en razón de la cuantía de las subvenciones.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
Seis meses desde la fecha de notificación.
NOTIFICACIONES
Se realizarán por alguno de los siguientes medios:
EFECTOS DEL SILENCIO
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
RECURSOS
- Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.
NORMATIVA APLICABLE
- Artículos 36.2.b) y d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el 30.6.b) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local.
- Artículos 22.2.a) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Artículos 17.2 y 22 de la Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, aprobada por el Pleno provincial el 23 de febrero de 2009.
- Artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Decreto 3.857/2023, de 18 de julio, por el que se nombran los miembros de la Junta de Gobierno y delegación de competencias del Presidente en la misma.
- Artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Artículos 69 y 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)
- Artículos 54 y 55 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
- Artículo 185 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
INFORMACIÓN ADICIONAL
- Estas ayudas aparecen consignadas en los estados de gastos del Presupuesto General de la Diputación provincial de Salamanca con los requisitos establecidos en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, señalándose al menos su dotación presupuestaria y beneficiario. El objeto de estas subvenciones deberá quedar determinado expresamente en el correspondiente convenio de colaboración o resolución de concesión que, en todo caso, deberá ser congruente con la clasificación funcional y económica del correspondiente crédito presupuestario.
- En cuanto a la solicitud: si transcurre el plazo señalado sin haberse aceptado la subvención, se declarará mediante resolución el archivo del expediente sin más trámite.
- En cuanto a la justificación: el vencimiento del plazo señalado en las bases reguladoras
para remitir la justificación, tras realizar en su caso el requerimiento a que se refiere el artículo
70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Subvenciones 2006 llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades
establecidas en la Ley General de Subvenciones.
- REQUISITOS TÉCNICOS
- Web de Información - www.lasalina.es
- Más modelos rellenables en www.lasalina.es
- Teléfono de Asistencia Técnica CIPSA (Organismo Autónomo Centro informático Provincial) - 923 349 062
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
- Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
- Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
- Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
- Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
- Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
- Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la
Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.
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