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Detalles del procedimiento: Formación/rectificación de inventarios de bienes

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Plazos de presentación:

  • El plazo de presentación de la solicitud es desde el 01/03/2024 00:00:00 al 11/03/2024 23:59:59 Fuera de plazo

Detalles


PLAZO CERRADO


SUBVENCIONES PARA LA FORMACIÓN/RECTIFICACIÓN DE INVENTARIOS DE BIENES DE LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA | EJERCICIO 2023

Ficha del procedimiento - Código SIA: 783514

BOP de Salamanca de 29 de febrero de 2024 | Convocatoria BDNS: 745623 | Plazo: Hasta el día 11 de marzo de 2024.

OBJETO:

Es objeto de esta convocatoria el apoyar a las Entidades Locales de la provincia de Salamanca en la formación/rectificación de sus Inventarios de Bienes.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Podrán acceder a esta selección, las Entidades Locales de la Provincia de Salamanca con población inferior a los 10.000 habitantes, seleccionándose de las solicitudes presentadas en tiempo y forma, a veinte Entidades Locales y estableciéndose con el resto el orden numerado de reservas, conforme a lo establecido en la Base Séptima.

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR?

  • Entidades Locales de la Provincia de Salamanca con población inferior a los 10.000 habitantes.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social. Art. 24.6 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones y de todas sus obligaciones derivadas de cualquier Ingreso de Derecho Público respecto de la Diputación en el momento de formularse la Solicitud. (Se aportará de oficio por esta Diputación Provincial).

¿PARA QUÉ ES LA CONVOCATORIA?

Para la Formación/Rectificación del Inventario de todos los bienes y derechos de la Corporación cualquiera que sea su naturaleza o forma de adquisición, así como los Inventarios separados de los bienes y derechos pertenecientes a entidades y establecimientos con personalidad jurídica propia y dependientes de las Corporaciones Locales, de conformidad con lo que determinan los Art. 17 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?

  1. Certificado del Acuerdo Plenario o en su caso de la Resolución de la Alcaldía, de solicitud de inclusión de la Entidad Local en el programa de Formación/Rectificación de Inventarios de Bienes de las Entidades Locales, correspondiente al Ejercicio 2023.
  2. Certificado del importe de los recursos ordinarios del Presupuesto de Ingresos de la Entidad Local.
  3. Certificado acreditativo de la fecha de formalización o última rectificación del Inventario Municipal.
  4. Compromiso de poner a disposición de la empresa adjudicataria de los trabajos de Formación/Rectificación de Inventarios de todos los documentos e información existente en la Corporación Local, acerca de los bienes y derechos de la Entidad Local.
  5. Declaración responsable de encontrarse la Entidad Local al corriente de sus obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social. Art. 24.6 de Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

CUANTÍA

El importe total es de 68.595,00 euros.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Se dispondrá de un plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Convocatoria Pública en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 11 de marzo de 2024, inclusive)

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

** ATENCIÓN **
Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
**

  • Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.

INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO

Sección de Asistencia Jurídica a Municipios del Área de Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Acuerdo de la Junta de Gobierno.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

Seis meses, a contar desde la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

NOTIFICACIONES

Se realizarán por el siguiente medio:
  • Notificación electrónica por comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca, tal como está regulado en la Ordenanza de la Administración Electrónica (BOP Nº48 de 10 de marzo de 2017).

EFECTOS DEL SILENCIO

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

RECURSOS

  • Recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
  • Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
  • Ley 11/2006 del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y león.
  • Real Decreto Legislativo, 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
  • Real Decreto 1372/1986 por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
  • Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)

INFORMACIÓN ADICIONAL

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

(SUBVENCIONES) Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
  • Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
  • Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
  • Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
  • Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
  • Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
  • Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.

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