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Detalles del procedimiento: Plan de Ayudas Culturales 2024

Detalles


PLAZO CERRADO


CONVOCATORIA DEL PLAN DE AYUDAS CULTURALES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA
* 2024 *

Ficha del procedimiento - Código SIA: 783508

BOP de Salamanca de 04 de abril de 2024 | Convocatoria BDNS: 750642 | Plazo: Hasta el día 3 de mayo de 2024

BOP de Salamanca de 04 de abril de 2024 - Bases de la convocatoria

BOP de Salamanca de 10 de abril de 2024 - Corrección de error del extracto de acuerdo (BOP 04/04/2024)

OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria conceder subvenciones a los ayuntamientos de la provincia de Salamanca para el fomento de actividades culturales.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Los Ayuntamientos de municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca, (de acuerdo con las últimas cifras de población publicadas por el I.N.E. de fecha 01/01/2023).

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?

  • Instancia firmada por el/la alcalde/sa, (Anexo II).
  • Certificado del/la secretario/a según el modelo recogido en el Anexo III en el que conste:
    • Acuerdo del órgano competente por el que se compromete al desarrollo de las actividades o a devolver la subvención en caso de no realizarse.
    • Aportación económica que realiza el Ayuntamiento.
    • Petición de ayudas a otras entidades públicas o privadas para el desarrollo total o parcial del proyecto que se presenta.
  • Declaración de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones, (Anexo V).
  • Relación de las actividades correspondientes al año 2024 para las que se solicita subvención.

¿PARA QUÉ ES LA SUBVENCIÓN?

Para la cofinanciación de actividades culturales relacionadas con las artes y las letras, que se realicen durante el año 2024, recogidas en el Anexo I de las Bases de la Convocatoria, conforme a los porcentajes establecidos en la base 7.

FINANCIACIÓN

La cuantía global máxima de las subvenciones que se convocan para todos los municipios de la provincia será de quinientos mil euros (500.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 71 3340A 4621300 del Presupuesto General vigente de la Diputación, existiendo crédito adecuado y suficiente para esta finalidad.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Se dispondrá de un plazo de solicitudes de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 26 de abril de 2024, inclusive.)
Se dispondrá de un plazo de solicitudes de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de corrección de errores en el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 3 de mayo de 2024, inclusive.)

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

** ATENCIÓN **
Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
**

  • Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.

INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO

Sección de Animación Sociocultural, del Área de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

ÓRGANO QUE RESUELVE

Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

PLAZO DE RESOLUCIÓN

El plazo máximo para resolver las solicitudes de subvención será de seis meses, contados a partir de la conclusión del plazo establecido para su presentación.

NOTIFICACIONES

  • Notificación electrónica por comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca, tal como está regulado en la Ordenanza de la Administración Electrónica (BOP Nº48 de 10 de marzo de 2017).

EFECTOS DEL SILENCIO

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

RECURSOS

  • Recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
  • Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)

INFORMACIÓN ADICIONAL

POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
  • Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
  • Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
  • Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
  • Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
  • Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
  • Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.

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