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- El plazo de presentación de la solicitud es desde el 04/10/2024 00:00:00
al 24/10/2024 23:59:59
Fuera de plazo
Details
PLAZO CERRADO
CONVOCATORIA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS OFICINAS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA | EJERCICIO 2024
* MANTENIMIENTO DE OFICINAS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA 2024 *
Ficha del procedimiento - Código SIA: 783515
OBJETO:
La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, los gastos originados por el funcionamiento de las oficinas municipales de información turística ubicadas en la provincia de Salamanca.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Ayuntamientos de los municipios de la provincia menores de 20.000 habitante.
¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR?
Municipios dispongan de oficina de información turística, que ésta haya permanecido abierta al público al menos 60 días en el presente año 2024 y que se comprometan a la recogida y remisión de información de los usuarios de la oficina (Anexos III y IV).
¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?
Junto a la solicitud, se presentará la siguiente documentación:
- Anexo II - Modelo de certificado de obligaciones reconocidas.
- Anexo III - Modelo de memoria de actividad A) Ficha de la oficina.
- Anexo IV - Modelo de memoria de actividad B) Datos estadísticos de procedencia de visitantes año 2024.
- Anexo V - Modelo de declaración responsable.
- Anexo VI - Modelo de subsanación / desestimiento / renuncia.
¿PARA QUÉ ES LA CONVOCATORIA?
Para el mantenimiento de Oficinas municipales de Información Turística 2024.
CUANTÍA Y FINANCIACIÓN
El importe total de las subvenciones a conceder asciende a 45.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 73.4320A.4620000 del presupuesto provincial del 2024.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Se dispondrá de un plazo de solicitudes de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el día 24 de octubre de 2024, inclusive.)
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
** ATENCIÓN **
Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica
**
- Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.
INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO
Unidad de Turismo y Patrimonio, del Área de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.
ÓRGANO QUE RESUELVE
Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para la resolución no podrá exceder de seis meses y se computará a partir de la conclusión del plazo previsto para la presentación de solicitudes.
NOTIFICACIONES
Se realizarán por el siguiente medio:
- Notificación electrónica por comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca, tal como está regulado en la Ordenanza de la Administración Electrónica (BOP Nº48 de 10 de marzo de 2017).
EFECTOS DEL SILENCIO
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
RECURSOS
- Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.
NORMATIVA APLICABLE
- Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
- Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo.
- Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca (BOP N.º 149, de 3 de agosto de 2022)
INFORMACIÓN ADICIONAL
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
- Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
- Finalidad: Gestión de bases de datos y de asesoramiento para su acceso.
- Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones. Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Y Ordenanza Reguladora de la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Salamanca, publicada en el BOP Nº 149 de 3 de agosto de 2022.
- Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
- Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
- Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la
Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.
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