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Details
*Para el trámite electrónico es obligatorio el uso de Certificado Digital o DNIe* (Pulse aquí para más información)
INSERCIÓN DE ANUNCIOS EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA | BOP
Ficha del procedimiento - Código SIA: 2897478
OBJETO:
Es objeto del presente trámite electrónico es el de definir el procedimiento a seguir para la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de cuantas disposiciones, ordenanzas, resoluciones, edictos, anuncios, actos o acuerdos de las distintas Administraciones Públicas y la Administración de Justicia deban ser insertados en el mismo en virtud de disposición legal o reglamentaria, así como otros actos o anuncios que éstas le remitan, sin perjuicio de la percepción de las tasas que procedan, en los términos que disponga la correspondiente Ordenanza fiscal.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Cualquier persona física, jurídica, instituciones, entidades o administraciones.
¿QUÉ DOCUMENTOS DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD?
A la solicitud de inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia (se genera automáticamente con el formulario establecido para este procedimiento en el trámite electrónico, conforme al modelo aprobado) se le acompañará la siguiente documentación:
- Texto del anuncio a publicar, conforme al formato requerido en el artículo 17 del Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca (doc, docx u odt).
- En el caso de anuncios sujetos a la tasa y no exentos, será necesario adjuntar la Autoliquidación del pago de la tasa por la prestación del servicio, conforme al modelo aprobado (formulario disponible en la descarga de documentos de este procedimiento) y el justificante de su pago.
TASAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Estarán sujetos al pago de tasas los anuncios que se indican en el artículo 2 de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de prestación de servicios del Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Abierto permanentemente
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
**Para la presentación formal de solicitudes electrónicas NO se puede utilizar el sistema Cl@ve, es obligatorio el uso de un Certificado Digital de persona física, jurídica, representante ... válido y/o DNI electrónico habilitado, además de tener instalado en su equipo la aplicación "Autofirma". Más información en los requisitos técnicos de la Sede Electrónica.**
- Tramitación Electrónica con Certificado Digital: Presentación de la documentación necesaria adjuntándola a este procedimiento de la Sede Electrónica.
INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO
Negociado del Boletín Oficial de la Provincia, del Área de Organización y Recursos Humanos de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.
ÓRGANO QUE RESUELVE
Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
Anuncios ordinarios: 15 días hábiles.
Anuncios urgentes: 6 días hábiles.
NOTIFICACIONES
Se realizarán por el siguiente medio:
- Notificación electrónica por comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Salamanca, tal como está regulado en la Ordenanza de la Administración Electrónica (BOP Nº48 de 10 de marzo de 2017).
EFECTOS DEL SILENCIO
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
RECURSOS
- Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación.
NORMATIVA APLICABLE
- Ley 5/2002, de 4 de abril, Reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.
- Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca (BOP Salamanca nº 168 de 31/08/2022).
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios del Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca (BOP nº 168 de 01/09/2021).
- Ley 39/2015, del 1 de octubre. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
- Ordenanza de Administración Electrónica de la Diputación de Salamanca. (Sede electrónica - Normativa Reguladora)
INFORMACIÓN ADICIONAL
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Le informamos que los datos personales facilitados en esta solicitud se recogen de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y serán objeto de tratamiento de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Responsable: Diputación Provincial de Salamanca.
- Delegado de protección de datos: delegadopd@lasalina.es
- Finalidad: Recoger, tratar, utilizar y gestionar los datos de las acciones de comunicación que realiza la Diputación de Salamanca y Envío de información institucional
- Legitimación: RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca (BOP Salamanca nº 168 de 31/08/2022).
- Destinatarios: no se comunicarán los datos personales a terceros, salvo obligación legal.
- Derechos: Acceso rectificación, supresión, así como otros derechos recogidos en información adicional.
- Información adicional: http://www.lasalina.es/legal/politicaprivacidad.html
Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación al tratamiento de sus datos a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca mediante la cumplimentación de la
Instancia General y presencialmente o por correo postal en el Registro General de la Diputación Provincial de Salamanca. En estos últimos casos adjuntando fotocopia del documento de identidad de la persona interesada.
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